Teología fundamental. 53. La Vida Eterna - La eterna condenación en el infierno


 

P. Ignacio Garro, jesuita †

Continuación

8. LA VIDA ETERNA - LA RESURRECCIÓN DE LOS MUERTOS Y LA VIDA ETERNA 

8.2. LA ETERNA CONDENACIÓN EN EL INFIERNO 

El infierno es un lugar de tormentos, donde sufrirán eternos suplicios los que mueren en pecado mortal. 

Respecto al infierno son verdades de fe: 

  • lo. que existe; 
  • 2o. que hay en él pena de fuego; 
  • 3o. que sus tormentos son eternos; y 
  • 4o. que van a él los que mueren en pecado mortal. 

Esto consta por muchas y muy claras palabras de la Escritura. Ella llama al infierno "lugar de tormentos" (Luc. 16, 28), "suplicio eterno", (Mt. 25, 46), "fuego inextinguible" (Mc. 9, 42). Y Dios dirá a los réprobos: "Apartaos de mí, malditos, al fuego eterno que está preparado para el demonio y sus ángeles" (Mt. 25, 41). 

Setenta veces habla la Escritura del infierno; de éstas, veinticinco en los Evangelios

La Iglesia siempre ha enseñado la existencia del infierno: "las almas de los que salen del mundo con pecado mortal actual, inmediatamente después de su muerte bajan al infierno, donde son atormentadas con penas infernales (Benedicto XII, Const. "Beneditus Deus" Dz. 53l). 

"Los que hayan respondido al amor y a la piedad de Dios irán a la vida eterna, pero los que hayan rechazado hasta el final, serán destinados al fuego eterno que nunca cesará". 

Paulo VI lo volvió a recordar en el "Credo del Pueblo de Dios (n.12): "los que hayan rechazado hasta el final, serán destinados al fuego que nunca cesará". 

La Sagrada Congregación para la Doctrina de la fe insiste que "la Iglesia, en una línea de fidelidad al Nuevo Testamento y a la Tradición….cree en el castigo eterno que espera al pecador, que será privado de la visión de Dios, y en la repercusión de esta pena en todo su ser" (Sobre algunas cuestiones referentes a la escatología, carta del 9-V-1979). 


8.2.1. PENAS DEL INFIERNO 

Las penas del infierno son: 

  • 1°. La privación de todo bien: de todo reposo, alegría, amor y esperanza; y en especial la privación de Dios. Es la llamada "Pena de daño". 
  • 2°. El sufrimiento de todo mal y dolor. La escritura lo llama "Lugar de tormentos" y especialmente insiste en el suplicio del fuego. Se le denomina "Pena de sentido". 

Las penas del infierno serán iguales en duración para todos los condenados, pues son eternas; pero en cuanto a la acerbidad, serán diferentes, de acuerdo con la gravedad de los pecados y el abuso de las gracias recibidas. 

Dios dará a cada uno según sus obras (Rom 2, 6). "Cuanto a engreído y regalado dadle otro tanto de tormento y llanto" (Apoc. 28, 7).


8.2.2. PENA DE DAÑO Y PENA DE SENTIDO 

A. La privación de la vista de Dios se llama pena de daño, y es la más terrible de las penas del infierno. En efecto, nos priva para siempre de Dios, el bien infinito para el que fuimos creados; y al privarnos de Dios, nos priva de todo otro bien y felicidad. 

En esta vida no podemos tener siquiera idea aproximada de la pena de daño, porque los bienes de este mundo nos entretienen v cautivan. Pero en la otra, al ver que fuera de Dios no puede haber bien alguno, los condenados experimentarán en toda su terrible realidad la infelicidad de verse privados de El para siempre.

Dios no deja de ser para el condenado el último fin y felicidad. Y esto es precisamente lo que hace la infelicidad del condenado, al considerar que ya nunca podrá alcanzar su último fin, ni ser feliz. 

El condenado tiende a Dios con la misma violencia con que una piedra dejada en el aire se lanza a su centro de gravedad; pero Dios lo rechazará, y entonces entrará aquél en eterno llanto y desesperación.

B. La pena de sentido consiste en el fuego y demás tormentos que experimentarán los condenados. La Escritura lo llama fuego voraz e inextinguible; "Juego que nunca se apaga", repite tres veces Cristo (Mc. 9, 42). 


8.2.3. REMORDIMIENTO Y DESESPERACIÓN 

Todas las facultades tendrán en el infierno su castigo especial. Y si el castigo de los sentidos es el fuego, y el de la inteligencia y la voluntad es la pena de daño, el castigo de la memoria es el remordimiento, y el de la imaginación es la desesperación.

1°. El remordimiento es la pena de la memoria, que le recuerda al condenado los muchos medios de salvación que tuvo en la tierra, el desprecio que hizo de ellos, y cómo vino a condenarse sólo por su culpa. 

2°. La desesperación es la pena de la imaginación, que le vive representando que sus tormentos durarán no por mil años, ni por millones de anos, sino mientras Dios sea Dios, por toda la eternidad. 


8.2.4. ETERNIDAD DE LAS PENAS 

La eternidad de las penas del infierno es dogma de fe definido por la Iglesia, que consta en muchos lugares de la Sagrada Escritura. 

| Así leemos en el Apocalipsis: "Serán atormentados día y noche por los siglos de los siglos" (14, 10). Dios dirá a los réprobos: "Id, malditos, al fuego eterno". Jesucristo lo nombra "El suplicio eterno" y "el fuego que nunca se extingue" (Mt. 25, 41, 26). 

La eternidad de las penas no contradice la misericordia divina, porque si ésta es infinita, también es infinita su justicia. 

Por otra parte esta verdad está tan claramente establecida en la Escritura y en las definiciones de la Iglesia que el negarla equivale a dejar de ser católico.

Para evitar el infierno debemos pensar con frecuencia en la eternidad de sus penas para fomentar en nuestra alma el temor de Dios y el cumplimiento de sus mandamientos. 

"No olvides hijo, que para ti en la tierra sólo hay un mal, que habrás de temer, y evitar con la gracia divina: el Pecado" (Josemaría Escrivá de Balaguer, Camino, n. 386).






Damos gracias a Dios por la vida del P. Ignacio Garro, S.J. quien nos brindó toda su colaboración. Seguiremos publicando los materiales que nos compartió para dicho fin.

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1 comentario:

Luis MP dijo...

No creo en la condenación eterna.Sería un castigo muy desmesurado para una vida finita.