P. Ignacio Garro, jesuita †
6. LA EMPRESA. CONFLUENCIA DE CAPITAL Y TRABAJO
(Continuación)
6.8.- EVOLUCIÓN HACIA EL RÉGIMEN DE SOCIEDAD EMPRESARIAL
¿Cómo se realizaría
ese acercamiento, quizá paulatino, del modelo de salariado al de sociedad de
cogestión? La DSI reconoce que es un problema difícil. La Iglesia no se siente
llamada a ofrecer la solución concreta o una especie de "tercera
vía". Alaba las iniciativas en este sentido y no se cansa de instar a que
se intenten y perfeccionen nuevos experimentos, como vemos a continuación en
CA, nº 43a: "La Iglesia no tiene
modelos para proponer. Los modelos reales y verdaderamente eficaces pueden
nacer solamente de las diversas situaciones históricas, gracias al esfuerzo de
los responsables que afronten los problemas concretos en todos sus aspectos".
Y ofrece como elemento de orientación su apoyo al mercado y a la empresa,
dirigidos ambos al bien común, y fomenta la participación de los trabajadores
en la vida de la empresa. MM, nº 91; LE, nº 14.
6.8.1.- COPROPIEDAD
Por este término se
entiende: Una forma de administración y realización de empresa en las que se
establecen nuevas formas de participación entre capital y trabajadores. Esto
crea mecanismos que estimulan la participación real, es decir, responsable y
consciente de todos los que componen la empresa para que haya un máximo
rendimiento productivo, para poder producir más y mejor en orden a una justa
redistribución de los bienes y que permita no sólo "tener" más sino
"ser" más.
Así se modifica la
empresa, que no es ya mera parte de un patrimonio individual, sino que asume
una dimensión y función social, la de servir a la comunidad, satisfaciendo sus
necesidades y servicios, y funcionando como un factor de promoción humana de
todos los que trabajan y colaboran en ella. Así los obreros se vuelven interesados
en la propiedad o en la administración de la empresa, siendo copartícipes de los
bienes gananciales que en ella se producen.
J. Pablo II en LE,
nº 14: Incorpora a la DSI estas nuevas relaciones entre capital y trabajo dentro
de la misma empresa, y dice: "Bajo
esta luz adquieren un significado de relieve particular las numerosas
propuestas hechas por expertos en la DSI y también por el Magisterio supremo de
la Iglesia. Son propuestas que se refieren a la copropiedad de los medios de
trabajo, a la participación de los trabajadores en la gestión y/o en los
beneficios de la empresa, al llamado "accionariado" del trabajo y de
otras semejantes. Independientemente de la posibilidad de aplicación concreta
de estas diversas propuestas, sigue siendo evidente que el reconocimiento de la
justa posición del trabajo y del hombre dentro del proceso productivo exige
varias adaptaciones en el ámbito del mismo derecho a la propiedad de los medios
de producción".
Por lo tanto, queda
bien claro que la DSI propone un modelo empírico de participación en la empresa
por parte del trabajador, siendo copartícipes capital y trabajo para obtener
unos bienes de producción que sean repartidos justa y equitativamente entre
todos los que componen dicha empresa.
6.8.2.- COOPERATIVAS
Cooperativa, es la
sociedad productiva en la cual el capital es aportado por los asociados y cuyos
objetivos son el beneficio común de todos ellos mediante producción de calidad
competitiva, precios al consumidor más reducidos de los objetos de consumo,
tiene facilidad de préstamos para el desarrollo de las actividades
profesionales de sus asociados, obtienen condiciones de mercado más favorable a
la colocación de sus productos y tiene otras numerosas ventajas que revierten
en favor de la defensa de su economía y así adquieren una mayor capacidad de
adquisición de bienes de consumo.
Hay una gran
diversidad de tipo de cooperativas. Depende del interés concreto de sus
asociados y de sus fines. Podemos hablar de 4 tipos de cooperativas.
a.- Cooperativa de consumo. Se propone ofrecer a los asociados, a los mejores precios, artículos de consumo.
b.- Cooperativa de producción. Tiene como finalidad principal
la de obtener, en cualquier sector de la producción, el mejor mercado para la
colocación de sus productos, excluyendo a los intermediarios, entre el
productor y el consumidor, en beneficio de ambos.
c.- Cooperativa de crédito. Tiene como objetivo
proporcionar recursos financieros a los asociados, encargándose, por
consiguiente, de los depósitos y cobranzas, dentro de la administración de los
bienes de los ahorristas.
d.- Cooperativa de servicios. Tienen como finalidad la prestación de servicios a los asociados,
mediante facilidades comunes, como serían: transporte de carga, abastecimiento
de agua para uso doméstico o industrial, o agrícola, distribución de energía
eléctrica, etc.
El lema del
cooperativismo sano es: "Uno para todos, todos para uno". El fin
primero del cooperativismo no es el lucro personal, sino la prestación de servicios
y ayudas de manera justa y equitativa para todos. Así la cooperativa es uno de
los tipos de empresa que más se aproxima
a una comunidad justa y equitativa de trabajo.
La
experiencia del cooperativismo da que el sistema cooperativo marcha si los cooperativistas
cumplen bien sus funciones de trabajo y colaboración; si se respetan las reglas
de juego del cooperativismo, y sobre todo, el aspecto de gerencia y de
administración de la cooperativa debe de ser serio y competente. Sabemos del
éxito de muchas cooperativas en muchas partes del mundo y sabemos también, cómo
fracasan cuando son mal administradas y no se respetan las reglas de juego.
Probablemente el
movimiento cooperativista ha sido el tipo de empresa en su relación capital y trabajo
que más frutos ha dado a la clase trabajadora. Pero una cooperativa no funciona
bien por sí misma. Depende de quienes la componen y cómo la manejan. Si se
respetan las reglas de juego el sistema es bueno y muy factible. Requiere una
gran disciplina por parte de los cooperativistas, una excelente administración
y una competente gerencia, de lo contrario se producen resultados muy
aleatorios.
6.8.3.- EMPRESA DE COGESTIÓN [1]
De la
"cogestión" ya hemos hablado algo en 4.2.4. Y la hemos presentado
como una opción de la DSI por la participación del trabajo en la gestión de la
empresa, en los beneficios y aun en la propiedad (en el sistema de
copropiedad).
Dada su insistencia
en la "primacía del trabajo", en que "el capital debe de estar
al servicio del trabajo", alguien podría pensar que la DSI propone una
gestión, si no total, al menos mayoritariamente en manos del trabajo.
Pero nos limitamos a
contemplar las experiencias (y proyectos) actuales de cogestión del trabajo, paritaria
en grandes empresas, minoritaria en empresas menos grandes, casi nula en las
pequeñas y medianas empresas.
Sin la cogestión, la
participación en los beneficios quedaría desvirtuada. Y eso que no entramos en
la aplicación del beneficio como: reservas, fondos, dividendos, etc. Para todo
ello la diferencia entre que haya cogestión o no, es sustancial.
Vamos al fondo de la
cuestión, a la justificación de la participación del trabajo en los beneficios,
en orden al bien común y por tanto, también para el bien del capital. Apuntamos
someramente el modo concreto de la cogestión, como valoración de los puestos de
trabajo, el nivel de productividad y calidad, Aclararemos algunas ventajas y
señalaremos riesgos y peligros.
a.- Cogestión = participación en la gestión: Cogestión en sentido pleno significaría
"Cogestión paritaria", al 50%, del capital con el trabajo. Como
fórmula concreta, es que el Consejo de Dirección y de Gestión estuviese
constituido por un 50% de miembros elegidos por los accionistas del capital y
un 50% por miembros elegidos por los trabajadores. La aplicación práctica y
real de este modelo es más factible en grandes empresas o sociedades
industriales. En pequeñas empresas y medianas requiere muchos matices y mucha
experiencia para que resulte bien. Este modelo es el modelo alemán llamado
"Mitbestimmung".
El Movimiento
Católico de Trabajadores (KAB) de Alemania ha presentado un modelo más
avanzado, auténticamente paritario, superior al sistema del capitalismo y del
socialismo, en colaboración con Nell-Breuning y un grupo de economistas,
juristas y sociólogos expertos en administración de empresas.
b.- Cogestión = participación en los beneficios: Estudiemos este punto clave de
la cuestión social a la luz de la documentación de la DSI:
.- CA, nº 35b:
después de abogar (contra el sistema socialista) por ..."una sociedad basada en el trabajo libre, en la empresa, y en la
participación,... mercado controlado, .... por las fuerzas sociales y por el
Estado", dice: "La Iglesia
reconoce la justa función de los beneficios como índice de la buena marcha de la
empresa". Las condiciones
(limitaciones) sobre la moralidad de los beneficios en general, que expone a
continuación, valen tanto si hay participación del trabajo en los beneficios
como si no lo hay.
.- CA, nº 42b: "Si por capitalismo" se entiende
un sistema económico que reconoce el papel fundamental y positivo de la
empresa, del mercado, de la propiedad privada y de la consiguiente
responsabilidad para con los medios de producción, de la libre creatividad en
el sector de la economía, la respuesta es ciertamente positiva, aunque quizá
sería más aproximado hablar de "economía libre". Pero si por
"capitalismo" se entiende un sistema en el cual la libertad, en el
ámbito económico, no está encuadrada en un sólido contexto jurídico que la ponga
al servicio de la libertad humana integral y la considere como una particular
dimensión de la misma, cuyo centro es ético y religioso, entonces la respuesta
es absolutamente negativa" .
Debemos pues asentar
como principio básico la "superioridad" (en orden al bien común) del
modelo de libre mercado y libre empresa (ya que se deducía del principio de la
propiedad privada de los medios de producción) sobre el modelo estatista -
colectivista.
En la cuestión de la
"limitación de los beneficios" debemos de evitar el equívoco con la
limitación en la "participación del capital", en el beneficio
empresarial.
.- QA, nº 53: "Es absolutamente falso atribuir
únicamente al capital o únicamente al trabajo lo que es el resultado de la
efectividad unida de los dos elementos, y totalmente injusto que uno de ellos,
negada la eficacia del otro, trate de arrogarse para sí todo lo que hay en él
de efecto".
.- MM, nº 76: cita
el texto anterior precisándolo más en los términos. Se refiere a la parte de los
beneficios que las empresas a veces destinan a autofinanciación (por lo tanto
"beneficios" técnicamente considerados, y ajenos al "coste"
de salarios que se suponen son justos), y dice: "Conviene recordar el principio propuesto por nuestro predecesor
de feliz memoria Pío XI en QA: "es completamente falso atribuir sólo al
capital, o sólo al trabajo, lo que es el resultado conjunto de la feliz
cooperación de ambos; es totalmente injusto que el capital o el trabajo,
negando todo derecho a la otra parte, se apropie la totalidad del beneficio económico".
Para la
participación de los trabajadores en la gestión y/o en los beneficios de la
empresa, ésta tiene que mantener la economía del mercado libre y la libertad de
empresa. Toda empresa tiene derecho a obtener unos beneficios, de lo contrario no
tiene razón de ser. El problema es una vez obtenidos los beneficios, ¿qué se
hace con el beneficio excedente? En la disyuntiva no hay más que dos salidas,
si no va al capital, irá al trabajo. Ahora bien, ¿de qué forma va a una parte o
a otra?. La DSI, rechaza el protagonismo
estatal, al cual es tan adicto el socialismo, pues parece que el socialismo en
todas sus variantes, padece una adicción obsesiva hacia el poder. Sienten
verdadera fascinación por el Estado - Empresa, el Estado - Protagonista, naturalmente
siempre y cuando quienes dominen el Estado sean ellos. ¿Quiénes son ellos?, una
serie de cargos instalados, que dicen que "son la conciencia del
pueblo", una "nomenclatura burocrático-política" que con la
herramienta del poder político, social y económico en la mano no tienen empacho
en prometer que lo van a arreglar todo y han prometido tanto a través de 75
años que sería muy interesante saber qué es lo que han cumplido y cuánto han dejado
sin cumplir.
6.8.4.- EL ESTADO SUBSIDIARIO
La DSI proclama con
extraordinaria valentía el modelo del Estado subsidiario, que, normalmente,
bajo su control (marco jurídico) para el bien común, deja, fomenta y aun
subsidia a las personas y sociedades intermedias para que realicen las funciones
sociales.
Es una constante de la
DSI. Está supuesto sugerido en la RN, por ejemplo, en su desarrollo sobre la
propiedad privada, nº 26; al tratar de la familia, etc. Veamos las siguientes
citas:
.- QA, nº 79: "Sigue ... en pie y firme en la filosofía
social aquel gravísimo principio inamovible e inmutable: como no se puede
quitar a los individuos y darlo a la comunidad lo que ellos pueden realizar con
su propio esfuerzo e industria, así tampoco es justo, constituyendo un grave
perjuicio y perturbación del recto orden quitar a las comunidades menores e
inferiores lo que ellas pueden hacer y proporcionar y dárselo a una sociedad
mayor y más elevada, ya que toda acción de la sociedad, por su propia fuerza y
naturaleza, debe prestar ayuda a la miembros del cuerpo social pero no destruirlos
y absorberlos". Ver, también, nº 80, 114 y 122.
.- MM, nº 53: "Esta acción del Estado, que fomenta, estimula, ordena, suple y complementa, está fundamentada en el principio de la función subsidiaria, formulada por Pío XI en QA..." ( y transcribe el texto anteriormente citado).
MM, nº 117, 152; PT, nº 65; LE, nº 16-18.
CA, nº 15a: " a éste (el Estado) le corresponde
determinar el marco jurídico dentro del cual se desarrollan las relaciones económicas
y salvaguardar así las condiciones fundamentales de una economía libre"
y cita RN: "el Estado debe
participar directa o indirectamente. Indirectamente según el principio de
"subsidiariedad"; en el nº 48 reitera la idea, contraponiendo el
Estado subsidiario al Estado de Bienestar o Estado asistencial.
6.9.- REFLEXIÓN FINAL
En suma, después de todo lo
expuesto, el espíritu de la DSI parece inclinarse a que se garantice una
expectativa de retribución del capital que incentive la iniciativa privada, y a
la vez, que, una vez asegurada ésta, el excedente (si lo hay) del beneficio
empresarial sea para el trabajo (directivo y ejecutor) de la empresa que lo ha
producido. La razón se debe a que el trabajo posee unos valores superiores y es
digno de ser así recompensado. Y, fundamentalmente, porque ello contribuiría en
mayor grado al bien común, que es el fin de la economía.
La dirección de la
empresa estaría integrada por representantes del capital y del trabajo
(cogestión). Esto parece más factible en grandes empresas (como en las empresas
alemanas) por el paralelismo entre trabajadores y accionistas. No se excluye,
sino se desea y se apoya, que los trabajadores sean también accionistas o
propietarios de la empresa (copropiedad).
...
Damos gracias a Dios por la vida del P. Ignacio Garro, SJ † quien, como parte del blog, participó con mucho entusiasmo en este servicio pastoral, seguiremos publicando los materiales que nos compartió.
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