P. Ignacio Garro, jesuita †
CONTINUACIÓN...
5.6. EL PODER ECONÓMICO
La cuestión de fondo
que venimos tratando en todo el tema es la reflexión ética de la relación del hombre
con los bienes. Esta relación en los momentos actuales se lleva a cabo,
habitualmente, desde posiciones de poder económico, de decisión y de actuación
dinámica sobre los bienes. Por ellos el Conc. Vat. II, G et S 71, al valorar la
propiedad, incorpora los datos de la sociología y de la economía, que nos
hablan de la movilidad de los bienes económicos dentro del sistema capitalista.
La actividad
económica en las modernas economías capitalistas genera unas rentas y
distribución de bienes que deben de ser consideradas a la luz de las funciones
personal y social. La C A, 30, recogiendo la doctrina anterior, afirma
categóricamente la "necesidad y la licitud" de la propiedad privada;
pero inseparablemente a estas notas añade un condicionante y limitación (una hipoteca
social) para que la propiedad no pueda ser ejercida como un derecho sin
límites: "la propiedad privada está sujeta al destino universal de los
bienes". La encíclica habla indistintamente de propiedad privada y también
de propiedad individual, C A, 31.
El concepto de
"poder económico" está en la base de la distribución de los bienes,
que no es otra que distribución de poder y todo lo que ello conlleva de
necesaria referencia a la función social y personal de la propiedad. En la DSI
se mantiene una relación estrecha entre el poder económico y la propiedad, ya
que uno de los objetivos esenciales que plantea hoy el mensaje social es el
cambio de las estructuras consolidadas de poder, C A, 48.
El poder económico
influye poderosamente en el éxito de una economía. Los propietarios de bienes
determinan, frecuentemente, el régimen de distribución de los bienes en una
sociedad. El poder económico, los gerentes y los inversores tienen la capacidad
de establecer una mayor justicia en la sociedad. Al tomar sus decisiones son responsables
ante la comunidad y ante las personas que dependen de ellos.
El poder económico
adviene tanto por la propiedad individual como por la propiedad pública, pero
en la actualidad hay formas de propiedad que están determinando las riquezas de
las naciones, es la propiedad del conocimiento, de la técnica y del saber, CA,
32.
Los criterios éticos
que hacen valiosa realmente dicha propiedad son:
- La capacidad de conocer en el momento adecuado las necesidades de los demás;
- Conocer los factores productivos más apropiados para satisfacerlas;
- Organizar el esfuerzo productivo y programado en el tiempo respondiendo a los procesos descritos anteriormente.
Ahora bien, no se
puede separar de estas nuevas formas de propiedad el valor intrínseco del trabajo,
porque para llevar a cabo la organización económica de la sociedad es necesario
tomar una responsabilidad personal y social que la encíclica
"Centesimus Annus", 32 define
como "capacidad de iniciativa y
espíritu emprendedor". En este sentido, el trabajo aparece netamente
calificado como factor productivo de la riqueza material e inmaterial. Desde
este punto de vista, hay que conceptuar como propiedad "el capital
humano", que va a tener por ello
una potencialidad económica. El hombre, con una buena formación integral, es
decir, con su capacidad de conocimiento, saber científico y organización
solidaria[1],
se muestra como el principal artífice de los nuevos bienes económicos.
A.- La insuficiente participación en los bienes económicos y sociales:
Sin embargo, la
propiedad como resultado del poder económico no es una realidad accesible a
todos. La DSI ha evaluado cómo personas y pueblos enteros no pueden participar
de los bienes económicos que son fundamentales para la participación plena en la
sociedad. Entre estos se pueden citar los siguientes, C A, 32:
- Los que no disponen de medios para participar en un sistema de empresa:
- Los que no tienen posibilidad de adquirir los conocimientos básicos para de ese modo expresar su creatividad y desarrollar sus necesidades;
- Las personas que no tienen acceso a la red de conocimientos y de intercomunicaciones que les permitiría ver apreciadas sus cualidades.
B.- También la falta de oportunidades y posibilidad de acceso a la
propiedad:
Según estas circunstancias
remite a la experiencia real, en el que una gran parte de la población se ve
impedida para participar en el bien común y por ello es objeto de exclusión
social.
Marginación del poder
económico imprescindible para cubrir las necesidades elementales de subsistencia
como:
- Los pertenecientes a los ancianos; jóvenes no insertados en la vida laboral y social, la marginación de la mujer. C A , 33.
- En el caso de la posesión de tierra, cuando se niega al campesinado la posibilidad de poder tener propiedad, o en las circunstancias en las que esa propiedad se vuelve contra el mismo campesino por tener que abandonar sus tierras en su emigración del campo a la ciudad, buscando formas de vida más modernas, L E, 21.
- Ante la falta de vivienda para numerosos grupos y personas en nuestra situación actual. La vivienda es uno de los bienes sin los cuales no existen condiciones necesarias para una vida digna.
Finalmente, habría
que destacar que el poder económico asociado con el capital tiene un condicionamiento
moral y una función social que cumplir en las "decisiones de
inversión". Dadas unas condiciones económicas y de estabilidad política,
la inversión es una opción moral y cultural de importancia notoria.[2]
[1] Es lo que hoy día se denomina: "capacidad gerencial
y administrativa". Es lo que se estudia en las Facultades de Economía y en
los Institutos de Administración de Empresas.
[2] Pío XII, en "Levate Capita" (1953), recordaba:
"Quienes pueden invertir capital consideren, en vista del bien común, si pueden
conciliar en su conciencia tales inversiones y no retirarse (de las
inversiones) por vana cautela".
Damos gracias a Dios por la vida del P. Ignacio Garro, SJ † quien, como parte del blog, participó con mucho entusiasmo en este servicio pastoral, seguiremos publicando los materiales que nos compartió.
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