P. Ignacio Garro, jesuita †
5. EL CREDO
Continuación
5.20. NECESIDAD DE PERTENECER A LA IGLESIA
La necesidad de pertenecer a la Iglesia para salvarse es una verdad de fe: "Fuera de la Iglesia Católica, Apostólica, Romana, nadie puede salvarse, como nadie pudo salvarse del diluvio fuera del Arca de Noé, que era figura de esta Iglesia" (Catecismo de San Pío X, n. 170). "Enseña (el Concilio), fundado en la Escritura y en la tradición, que esta Iglesia peregrina es necesaria para la salvación" (Conc. Vaticano II, Const. Dogm. Lumen Gentium, núm. 14).
Hay necesidad, para salvarse, de pertenecer a la Iglesia Católica, porque fuera de ella no hay salvación.
En efecto, ella es la sola verdadera Iglesia de Cristo, y ella sola tiene el poder y los medios necesarios para salvar a los hombres.
El Concilio Vaticano II recuerda a los católicos que no se salva quien, "No se salva, sin embargo, aunque esté incorporado a la Iglesia, quien, no perseverando en la caridad, permanece en el seno de la Iglesia «en cuerpo», mas no «en corazón» [26]." (Const. dogm. Lumen Gentium, núm. 14).
Para salvarse hay necesidad, pues, de ser miembro de la Iglesia y, además, miembro vivo, esto es, unido a Cristo por la caridad.
5.20.1 NECESIDAD DE SER MIEMBRO DE LA IGLESIA
Para salvarse hay absoluta necesidad de pertenecer al cuerpo de la Iglesia, que es el Cuerpo de Cristo.
De otra manera, si hubiera posibilidad de salvarse sin Cristo, hubiera sido ociosa su Encarnación, Pasión, Muerte y Resurrección.
Al cuerpo de la Iglesia se pertenece gracias al bautismo, de acuerdo al mandato del Señor: "El que creyere y fuere bautizado se salvará; el que no creyere se condenará" (Mc. 16, 16).
¿Qué decir, entonces, de los que sin culpa ignoran la doctrina cristiana y la existencia del bautismo? ¿Tienen acaso imposible la salvación? La respuesta es no: sí se pueden salvar, a través del llamado "bautismo de deseo", es decir, con la respuesta afirmativa a las nociones interiores que Dios suscita en su alma para que tengan ese deseo del bautismo, que los purifica y les hace pertenecer al Cuerpo Místico de Cristo, que es la Iglesia.
La misma Iglesia aclara que "la divina Providencia no niega los auxilios necesarios para la salvación a los que sin culpa por su parte no llegaron todavía a un claro conocimiento de Dios y, sin embargo, se esfuerzan, ayudados por la gracia divina, en conseguir una vida recta" (Conc. Vaticano II, Const. dogm. Lumen Gentium, núm. 16).
5.20.2 NECESIDAD DE SER MIEMBRO VIVO
Hay necesidad absoluta de pertenecer al alma de la Iglesia y esta ley no tiene excepción.
a) Hay necesidad, porque la fe y la gracia, frutos de los méritos de Cristo, es lo único que puede salvarnos después del pecado.
b) Esta ley es absoluta, esto es, no tiene excepción, porque los que están en pecado, aunque hayan sido bautizados, se encuentran voluntariamente corno "enemigos de Dios", lo han rechazado con un acto libre y consciente. Para los paganos que han recibido el bautismo de deseo, la gracia se mantiene gracias al fiel cumplimiento de la ley natural, impresa en la conciencia de todo hombre.
En efecto, el que cumple la ley natural, da a entender que cumple la voluntad de Dios lo mejor que puede; y en consecuencia que recibiría el bautismo, si Dios le manifestara tal obligación.
Pues bien, Dios no puede permitir que un alma se pierda en tales condiciones, sino que en el momento oportuno infundirá la fe y la gracia, para que pertenezca al alma de la Iglesia y se salve.
Dios puede infundirle la fe y la gracia por medio de una persona que lo instruya, por ejemplo un amigo; o por una inspiración interior, o aun, si fuere necesario, por medio de un ángel, como enseña Santo Tomás.
El Magisterio de la Iglesia reprueba "tanto a aquellos que excluyen de la salvación eterna a todos los que se adhieren a la Iglesia únicamente con un deseo implícito, como a aquéllos que falsamente aseguran, que los hombres en toda religión pueden salvarse igualmente" y precisa que "tampoco ha de considerarse, que basta cualquier deseo de ingresar en la Iglesia, para que el hombre se salve. Se requiere, pues, que el deseo, por el cual se ordena alguien a la Iglesia, esté informado por la perfecta caridad; y el deseo implícito no pueda tener efecto, a no ser que el hombre tenga fe sobrenatural" (Ep. S. Officii ad archiep. Bostoniensem, 8-VIII- 1949).
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