P. Ignacio Garro, jesuita
SEMINARIO ARQUIDIOCESANO DE AREQUIPA
3. LA RELIGIÓN REVELADA O REVELACIÓN
3.1. Naturaleza de la Revelación
3.1.1. Noción
La Revelación es la manifestación que Dios hace a los hombres en forma extraordinaria, de algunas verdades religiosas, imponiéndoles la obligación de creerías.
Se dice: "en forma extraordinaria", para distinguirla del conocimiento natural y ordinario que alcanzamos por la razón.
Generalmente Dios revela así: manifiesta las verdades que desea se conozcan a algún hombre elegido por El, le manda que las enseñe a los demás, y comprueba con milagros que en verdad El las reveló.
"Sólo Dios puede otorgarnos un conocimiento recto y pleno de Sí mismo, revelándose a Sí mismo como Padre, Hijo y Espíritu Santo, de cuya vida eterna estamos llamados por la gracia a participar aquí, en la tierra, en la oscuridad de la fe, y, después de la muerte, en la luz sempiterna" (Pablo VI, El Credo del Pueblo de Dios, n. g).
3.1.2. Revelaciones públicas y privadas
Hablando en un sentido general, podemos distinguir dos clases de revelaciones: la Revelación pública y las Revelaciones privadas.
1º. Revelación pública es la que ha hecho Dios directamente para la utilidad de todo el género
humano. Por ejemplo, la hecha a Moisés en el Sinaí y la efectuada por Nuestro Señor Jesucristo.
2º. Revelaciones privadas son las que ha hecho a algunas personas para su utilidad particular.
Ejemplos: las hechas a Santa Gertrudis, a Santa Teresa de Jesús, a Santa Margarita María cuando Nuestro Señor le pidió el establecimiento de la fiesta del Sagrado Corazón y de la devoción de los primeros viernes, etc.
La Revelación pública ha sido hecha por Dios directamente para la utilidad de todo el género
humano, e impone la obligación de aceptarla a todos los hombres.
Las revelaciones privadas directamente son hechas para la utilidad particular, y no imponen la obligación de aceptarlas sino a las personas a quienes fueron hechas, o a las personas que tienen plena certeza de ellas, lo que ocurre
raras veces.
Respecto a las revelaciones privadas conviene advertir:
a). Las revelaciones privadas no forman parte de la fe, ni enseñan verdades nuevas; sino que han sido hechas para ilustrar las verdades ya reveladas, y hacernos adelantar en la perfección cristiana.
b). La Iglesia no las aprueba sino después de maduro examen; y al aprobarlas no pretende enseñar que cuanto de ellas se diga sea verdadero, ni mucho menos hacerlas obligatorias. Únicamente garantiza que en ellas no se dice nada contrario a la fe y a las buenas costumbres.
c). No podemos despreciar las revelaciones privadas, pues en general contienen enseñanzas de gran utilidad para la vida cristiana.
d). Algunas veces la aprobación de la Iglesia no es una simple certificación de que no hay en ellas nada contra la fe y la moral; sino una afirmación de su origen divino. Tal pasa, por ejemplo, con las revelaciones de¡ escapulario del Carmen a San Simón Stok, de la devoci6n al Sagrado Corazón a Santa Margarita María, etc. Aunque en ningún caso llegan a ser artículo de fe.
Las demás revelaciones sólo nos merecen fe humana, de acuerdo con las condiciones intelectuales y morales de la persona que las tuvo.
La Revelación pública terminó con los Apóstoles: después de ellos Dios no ha revelado
nuevas verdades que sean objeto de fe.
3.1.3. Contenido de la Revelación
"Por la divina Revelación Dios quiso comunicarse El mismo y también los decretos eternos de su voluntad acerca de la salvación de los hombres, para hacerles partícipes de los bienes divinos que sobrepasan de modo absoluto la inteligencia de la mente humana" (Conc. Vaticano II, Const. dogm. De¡ Verbum, núm. 6).
El contenido de la Revelación es el mismo Dios y sus decretos eternos de salvación. De estas verdades:
a). Unas no podía conocer nuestra razón;
b). Otras podía conocerlas, pero con mucha dificultad e incertidumbre.
Así de ninguna manera podíamos conocer el misterio de la Santísima Trinidad. Podíamos conocer, pero con dificultad, incertidumbre y mezcla de error otras verdades; por ejemplo, que no hay sino un solo Dios, y que es Espíritu Puro y Creador de cuanto existe, que el alma humana es inmortal, etc.
1º. Dios ha querido revelarnos verdades que de, ninguna manera podíamos conocer por la pura razón, con el objeto de darnos a conocer el orden sobrenatural.
El orden sobrenatural consiste en la elevación del hombre por la gracia santificante, de simple criatura a la dignidad de hijo de Dios y heredero del cielo. Y también en los medios que Dios eligió para devolvernos la grada y el derecho al cielo que perdimos por el pecado; principalmente
los misterios de la Encarnación y Redención.
2º. Dios quiso manifestarnos verdades que nuestra razón podía conocer pero con dificultad, incertidumbre y mezcla de error, para que todos - los hombres pudieran conocerla con facilidad, con certeza y sin mezcla de error (cfr. Conc. Vaticano I, Const. dogm. Dei Filius, Dz. 1786).
3.2. NECESIDAD DE LA REVELACIÓN
3.2.1. Necesidad absoluta y necesidad moral
Una cosa puede ser necesaria de dos modos:
a). Es absolutamente necesaria, cuando sin ella nos es de todo punto imposible conseguir lo que deseamos.
b). Es moralmente necesaria cuando sin ella podemos alcanzar lo que deseamos, pero con grave dificultad y deficiencias.
Así sin estudiar en alguna forma nos es absolutamente imposible aprender. Y sin maestro nos es muy difícil, esto es, casi imposible aprender una ciencia con alto grado de dificultad, como la física nuclear o la filosofía.
En efecto son muy pocos los que tienen la inteligencia y la constancia suficientes para coronar solos un estudio de esa naturaleza.
Además, los que estudian sin maestro están expuestos a graves deficiencias, por ejemplo errores, dudas, lagunas; a hacer un estudio errado. incompleto y poco firme.
3.2.2. En qué sentido es necesaria la Revelación
La Revelación es absolutamente necesaria en un sentido, y moralmente necesaria en otro.
1º. La Revelación es absolutamente necesaria para conocer el orden sobrenatural, al que Dios se dignó elevarnos.
"Puesto que nos elevó al orden sobrenatural, era indispensable que nos manifestara ese orden", dice Santo Tomás (S. Th., q. 1, a. l).
¿Qué gana un niño con que una persona muy rica lo acepte por hijo, y lo nombre heredero de
una cuantiosa suma, si no le avisa que lo constituyó heredero, ni las condiciones necesarias para recibir la herencia? De la misma manera, ¿qué habríamos ganado con que Dios nos hubiera hecho sus hijos y herederos, si no nos hubiera revelado nuestra condición de hijos y los medios necesarios para alcanzar la herencia del cielo?
2º. La Revelación es moralmente necesaria para que las verdades religiosas de orden natural puedan ser conocidas por todos con facilidad, con firme certeza y sin mezcla de error alguno
(cfr. Dz. 1786, Conc. Vat. II, Const. Dei Verbum, n. 6).
En efecto, aunque no es imposible que los mejores dotados puedan llegar por sí solos a esos conocimientos, lo harán con dificultad e incertidumbre, y, para la generalidad de los hombres la Revelación seguiría siendo necesaria.
Ya Santo Tomás advertía que gran parte de los hombres por carecer de talento, o de tiempo, o de formación, o por hallarse dominados por pasiones e intereses personales, no llegarían por sí mismos a este conocimiento (cfr. C. G., 1, 4).
Por su parte, también la historia prueba esta necesidad: aun los más grandes filósofos de la antigüedad cayeron en graves errores de orden religioso y moral; y que los pueblos a quienes no ha llegado actualmente la luz de la Revelación viven aún hoy sumergidos en graves errores.
...
Agradecemos al P. Ignacio Garro, S.J. por su colaboración.
Para acceder a las publicaciones anteriores acceder AQUÍ.
Para acceder a las publicaciones anteriores acceder AQUÍ.
No comments:
Post a Comment