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13. LA MASONERÍA Y LA IGLESIA CATÓLICA
Con los principios expuestos en publicaciones anteriores, es más que suficiente para que se vea con claridad que entre la doctrina masónica y la doctrina que enseña la Iglesia Católica hay una oposición muy fuerte, precisamente esta oposición fundamental en temas muy importantes es lo que hace que no es posible ser auténtico cristiano católico y ser masón. Masonería e Iglesia Católica han tenido a través de la historia relaciones muy tensas y difíciles. Veamos su historia.
1.- Primera condena de la Iglesia católica a la masonería 70:
Ya dijimos que desde 1732 la masonería se introduce en Francia. En 1737 el rey Luis XIV la proscribe, debido a las implicaciones políticas de la masonería. El 28 de abril de 1738 el Papa Clemente XII promulga la encíclica "In Eminenti", en este primer documento contra la masonería el papa declara:
"Hemos sabido por la fama pública que se extienden a lo lejos con mucho progresos ciertas sociedades, juntas, reuniones, agregaciones o conventículos llamados de Francmasones, o bajo alguna otra denominación según la variedad de lenguas en las que hombres de cualquier religión y de todas las sectas, afectando una apariencia de honestidad natural, se ligan entre sí por un pacto ten estrecho e impenetrable, conforme a leyes y estatutos que ellos se han hecho, y se comprometen bajo juramento sobre la Biblia, y bajo las penas más graves, a guardar un silencio inviolable sobre cuanto hacen en la obscuridad del secreto ... Las sociedades o conventículos susodichos han provocado muy fuertes sospechas en los espíritus de los fieles de que enrolarse en esas sociedades es, según personas de probidad y prudencia, mancharse con el sello de perversión y maldad; porque si no hicieran el mal no odiarían la luz, y tal sospecha se ha acrecentado... Nos, hemos concluido y decretado condenar y prohibir las dichas sociedades, asambleas, conventículos, llamados de Franc-Masones, o conocidos bajo cualquier otra denominación como Nos, las condenamos y las prohibimos por nuestra presente constitución válida a perpetuidad".
2.- Segunda condena:
Al asumir el pontificado Benedicto XIV, debió confirmar la condena de su antecesor Clemente XII, dado que se hizo creer que la condena no estaba ya vigente por haber fallecido su promulgador (Clemente XII). Así, el 18 de mayo de 1751, en una Bula promulgada para efectos de confirmar la condena, el papa Benedicto XIV reitera la condena de la masonería en los siguientes términos:
" A fin de que nadie pueda acusarnos, dice, de haber faltado a lo que prudencia exige de Nos, hemos determinado renovar la Constitución de nuestro predecesor, insertándola palabra por palabra en las presentes Letras. Por lo tanto, con entero conocimiento de causa y en virtud de la plenitud de nuestro poder Apostólico, la confirmamos, la renovamos y queremos y secretamos que sea puesta al punto en vigor, como si ahora se expidiese por primera vez".
3.- Tercera condena:
El papa Gregorio XVI el 15 de agosto de 1832, promulga la encíclica "Mirari Vos", donde condena de nuevo los errores modernistas de la época entre los que se halla la masonería, como sociedad secreta.
4.- Cuarta condena:
Esta es la condena más importante contra la masonería. Es el papa León XIII quien justificará doctrinalmente la ya secular condena a la masonería, promulgando el 20 de abril de 1884 la encíclica "Humanum Genus". Esta encíclica es la que habla más claramente acerca de qué es la masonería, cómo trabaja, cuáles son sus fines y cómo en el fondo es enemiga de la Iglesia. A continuación exponemos algunos pasajes más importantes de la encíclica:
" ... Los Romanos Pontífices, previendo el futuro, dieron la señal de alarma frente al peligro (de la masonería) y advirtieron a los príncipes y a los pueblos para que no se dejaran sorprender por las artimañas y las asechanzas preparadas para engañarlos. El papa Clemente XII, en 1738, fue el primero en indicar el peligro. Benedicto XIV, confirmó y renovó la constitución del anterior pontífice. Pio VII siguió las huellas de ambos y León XII, incluyendo en su constitución apostólica "Quo Graviora" toda la legislación dada en esta materia por los papas anteriores, la ratificó y confirmó para siempre. Pio VII, Gregorio XVI y reiteradamente Pio IX hablaron en el mismo sentido. (nº 3)
En efecto, tan pronto como una serie de indicios manifiestos... evidenciaron la naturaleza y los propósitos de la masonería, la Sede Apostólica denunció y proclamó abiertamente que la masonería, constituida contra todo derecho divino y humano, era tan perniciosa para el Estado como para la religión cristiana. Y amenazando con las penas más graves que suele emplear la Iglesia contra los delincuentes, prohibió terminantemente a todos (los católicos) inscribirse en esta sociedad. Los masones, encolerizados por esta prohibición, pensaron que podrían evitar, o debilitar al menos en parte con el desprecio y en parte con las calumnias, la fuerza de estas sentencias, y acusaron a los Sumos Pontífices que las decretaron de haber procedido injustamente o de haberse excedido en su competencia.... no faltaron, sin embargo, dentro de la misma masonería quienes reconocieron, aun a pesar suyo, que las disposiciones tomadas por los Romanos Pontífices estaban de acuerdo con la doctrina y la disciplina de la Iglesia católica. (nº 4)
Pero lo más importante es ver cómo la prudente previsión de nuestros antecesores quedó confirmada con los sucesos posteriores Porque sus providentes y paternales medidas no siempre, ni en todas las partes, tuvieron el éxito deseado. Fracaso debido, unas veces, al fingimiento astuto de los afiliados a la masonería, y otras veces, a la inconsiderada ligereza de quienes tenían la grave obligación de velar con diligencia en este asunto. Por esto, en el espacio de siglo y medio la masonería ha alcanzado rápidamente un crecimiento superior a todo lo que se podía esperar, e infiltrándose de una manera audaz y dolosa en todos los órdenes del Estado, ha comenzado a tener tanto poder, que casi parece haberse convertido en dueña de los Estados. (nº 5)
Varias son las sectas que, aunque diferentes en nombres, ritos, forma y origen, al estar, sin embargo asociadas entre sí por la unidad de intenciones y la identidad en sus principios fundamentales, concuerdan de hecho con la masonería, que viene a ser como el punto de partida y el centro de referencia de todas ellas. Estas sectas, aunque aparentan rechazar todo ocultamiento y celebran sus reuniones a la vista de todo el mundo y publican sus periódicos, sin embargo, examinando a fondo el asunto, conservan la esencia y la conducta de las sociedades clandestinas. Tienen muchas cosas envueltas en un misterioso secreto. Y es ley fundamental de tales sociedades, el diligente y cuidadoso ocultamiento de estas cosas no sólo ante los extraños, sino incluso ante muchos de sus adeptos. Tales son, entre otras, las finalidades últimas y más íntimas, la jerarquías supremas de cada secta, ciertas reuniones íntimas y ocultas, los modos y medios con que deben de ser realizadas las decisiones adoptadas. A este fin se dirigen la múltiple diversidad de derechos, obligaciones y cargos existente entre los socios, la distinción establecida de órdenes y grados y la severidad disciplinar con que se rigen. Los iniciados tienen que prometer, más aún, de ordinario tienen que jurar solemnemente, no descubrir nunca ni en modo alguno a sus compañeros sus signos sus doctrinas. Así, con esta engañosa apariencia y con un constante disimulo procuran con empeño los masones, como en otro tiempo los maniqueos, ocultarse y no tener otros testigos que sus propios conmilitones. Buscan hábilmente la comodidad del ocultamiento, usando el pretexto de la literatura y de la ciencia como si fuesen personas que se reúnen para fines científicos. Hablan continuamente de su afán por la civilización, de su amor por las clases bajas. Afirman que su único deseo es mejorar la condición de los pueblos y extender al mayor número posible de ciudadanos las ventajas propias de la sociedad civil. Estos propósitos, aunque fueran verdaderos, no son, sin embargo, los únicos. Los afiliados deben, además, dar palabra y garantías de ciega y absoluta obediencia a sus jefes y maestros; deben de estar preparados a la menor señal e indicación de éstos para ejecutar sus órdenes; de no hacerlo así, deben de aceptar los más duros castigos, incluso la misma muerte. De hecho, cuando la masonería juzga que alguno de sus seguidores han traicionado el secreto o han desobedecido las órdenes recibidas, no es raro que éstos reciban la muerte con tanta audacia y destreza que el asesino burla muy a menudo las pesquisas de la policía y el castigo de la justicia. Ahora bien, esto de fingir y querer esconderse, de obligar a los hombres, como esclavos, con un fortísimo vínculo y sin causa suficientemente conocida, de valerse para cualquier crimen de hombres sujetos al capricho de otros, de armar a los asesinos procurándoles la impunidad de sus delitos, es un crimen monstruoso, que la naturaleza no puede permitir. Por eso, la razón y la misma verdad demuestran con evidencia que la sociedad de que hablamos (la masonería) es contraria a la justicia y a la moral natural. (nº 7)
Ahora bien, el principio fundamental de los que profesan el naturalismo, como su mismo nombre declara, es que la naturaleza humana y la razón natural del hombre han de ser en todo maestras y soberanas absolutas. Establecido este principio, los naturalistas, o descuidan los deberes para con Dios, o tienen de éstos un falso concepto impreciso y desviado. Niegan toda revelación divina. No admiten dogma religioso alguno. No aceptan verdad alguna que no pueda ser alcanzada por la razón humana. Rechazan todo maestro a quien haya que creer obligatoriamente por la autoridad de su oficio. Y como es oficio propio y exclusivo de la Iglesia católica guardar enteramente y defender en su incorrupta pureza el depósito de las doctrinas reveladas por Dios, la autoridad del magisterio y los demás medios sobrenaturales para la salvación, de aquí que todo el ataque iracundo de estos adversarios se haya concentrado sobre la Iglesia. (10)
La naturaleza y los métodos de la masonería quedan suficientemente aclarados con la sumaria exposición que acabamos de hacer. Sus dogmas fundamentales discrepan tanto y tan claramente de la razón, que no hay mayor depravación ideológica. Querer destruir la religión y la Iglesia, fundada y conservada perpetuamente por el mismo Dios, y resucitar, después de dieciocho siglos, la moral y la doctrina del paganismo, es necedad insigne e impiedad temeraria. Ni es menos horrible o intolerable el rechazo de los beneficios que con tanta bondad alcanzó Jesucristo... en este insensato y abominable propósito parece revivir el impecable odio y sed de venganza en que Satanás arde contra Jesucristo. (17)
¡Ojalá juzgasen todos del árbol por sus frutos y conocieran la semilla radical de los males que nos oprimen y de los peligros que nos amenazan! Tenemos que enfrentarnos con un enemigo astuto y doloso que, halagando los oídos de los pueblos y de los gobernantes, se ha cautivado a los unos y a los otros con el cebo de la adulación y de las suaves palabras. Insinuándose entre los gobernantes con el pretexto de la amistad, pretendieron los masones convertirlos en socios y auxiliares poderosos para oprimir al catolicismo. (19)
Diez años después León XIII, en su afán por defender la civilización cristiana dirige la encíclica "Praeclara Gratulationis", el 20 de junio de 1894, en la que advierte a los católicos de un doble peligro: el desvirtuamiento de la dogmática de la Iglesia y el peligro de la masonería:
"Otro peligro grave para la unidad es la masonería, potencia temible que oprime desde hace ya tiempo a las naciones, y sobre todo a las naciones católicas. (La masonería) orgullosa hasta la insolencia por su fuerza, sus recursos y sus éxitos, pone por obra todo lo que es menester, favoreciendo las turbulencias que agitan nuestra época para consolidar y extender por todas partes su dominación. Desde las ocultas tinieblas en que conspiraba, irrumpe hoy en los Estados mostrándose a la luz del día. Pero la mayor desgracia de todas es que, dondequiera que la masonería pone su pie, se infiltra en todas las clases sociales y penetra en todas las instituciones del Estado para llegar, si fuera posible, a constituirse árbitro soberano de todas las cosas. Con el pretexto de reivindicar los derechos del hombre y reformar la civilización, combate las instituciones cristianas; rechaza toda doctrina revelada; califica los deberes religiosos, los sacramentos, todas las realidades augustas, como simples supersticiones. El culto que la masonería prescribe es el culto de la naturaleza humana; y son también los principios de esta naturaleza humana los que propone como única medida y como única norma de la verdad, la bondad y la justicia. De esta manera, como es evidente, se incita al hombre a tener una moral y una conducta casi paganas... Pero es necesario que el pueblo cristiano comprenda que hay que sacudir de una vez para siempre el yugo infamante de la masonería, y que deben de poner una mayor energía en esta labor todos aquellos que son más duramente oprimidos por este yugo".
Finalmente el mismo papa León XIII, en el año 1899, en su encíclica "Annum Ingressi" dice sobre la masonería:
"No será necesario ni nombrarla, pues todos ven en estos datos la masonería, de la cual hemos hablado particularmente en nuestra encíclica "Humanum genus", del 20 de abril de 1884, denunciando sus maléficas tendencias, sus falsas doctrinas, sus obras nefastas. Esta secta, que abarca en una inmensa red a casi todas las naciones y se coliga con otras sectas que ella mueve con ocultos hilos, halagando a sus afiliados con el cebo de las ventajas que les procura, e imponiendo a los gobernantes sus proyectos, unas veces con promesas, otras con amenazas, ha llegado a infiltrarse en todos los órdenes sociales y a formar como un Estado invisible e irresponsable en el estado legítimo. (La masonería) llena del espíritu de Satanás, quien, como dice el Apóstol Pablo, sabe, cuando es necesario, transfigurarse en ángel de luz, alardea de fines humanitarios, pero todo lo orienta hacia los fines sectarios, y, mientras declara no tener miras políticas, ejerce una amplísima acción en el movimiento legislativo y administrativo del Estado; mientras profesa respeto a las autoridades imperantes e incluso a la religión, pretende como fin supremo (y sus mismos reglamentos lo afirman) el exterminio del imperio y del sacerdocio, considerados por la masonería como enemigos de la libertad".
5.- Quinta condena:
En 1917 el papa Benedicto XIV promulga el "Codex Iuris Cononici", vigente en toda la Iglesia Católica desde el 19 de mayo de 1918, en el Canón 2335 y 2336 se lee:
Canon 2335 : "Los que dan su nombre a la secta masónica o a otras asociaciones del mismo género que maquinan contra la Iglesia o contra las potestades civiles legítimas, incurren ipso facto en excomunión simplemente reservada a la Sede Apostólica".
Comentario de los canonistas al Canon 2335: Figura del delito: son sociedades que maquinan contra la Iglesia o contra las potestades civiles legítimas aquellas que tienen por fin propio desarrollar una actividad subversiva valiéndose para ello de medios ilícitos. Según la instrucción del santo Oficio del 10 de mayo de 1884, son asociaciones prohibidas todas las que exigen de sus afiliados juramento de guardar secreto absoluto y de obedecer ciegamente en todo a jefes o corifeos que permanecen en el misterio; pero esto no quiere decir que todas ellas caigan, sólo por eso, bajo la penalidad que establece el canon. Para que se incurra en la excomunión se requiere;
a.- Que se haya dado el nombre a la sociedad, inscribiéndose como afiliado en los registros de la misma
b.- Que el fin propio, total o parcial, de la sociedad sea maquinar contra la Iglesia o las potestades civiles legítimas en la forma dicha, importando poco que esto lo haga pública u ocultamente, que exija secreto a los afiliados o no lo exija.
6.- Sexta condena:
En enero de 1959 el papa Juan XXIII, anunció la decisión de reformar y actualizar el Código del Derecho Canónico. Fue el papa Juan Pablo II, en su Constitución Apostólica "Sacrae Disciplinae Leges", del 25 de enero de 1983, que promulga el Nuevo Código de Derecho Canónico, y en el Canon 1374 se condena de nuevo la masonería de manera implícita, y dice así:
Canon 1374: Quien se inscribe en una asociación que maquina contra la Iglesia, debe ser castigado con una pena justa; quien promueve o dirige esa asociación, ha de ser castigado con entredicho.
Comentario de los canonistas al Canon 1374: Figura del delito: La figura del delito es inscribirse, afiliarse, asociarse, etc., "dar el nombre", a una asociación que maquina contra la Iglesia, es decir, cuyo fin propio sea desarrollar actos subversivos contra la Iglesia. ¿Cuáles son estas sociedades o asociaciones? Con un criterio más acertado, se renunció a hacer una lista de dichas asociaciones o sociedades en la nueva codificación canónica: debido a que la mayor parte de estas asociaciones no actúan de igual manera en todas las naciones, por ejemplo, la masonería, así, se deja que la delimitación práctica de la condena se establezca en cada caso concreto. Para ello habrá que atenerse a las decisiones de la Sede Apostólica, de los Obispos, al examen de sus estatutos etc. (No es suficiente el hecho de que una asociación esté condenada, pues la condena puede deberse a diversos motivos, ni que sea sospechosa. La penalidad establecida es doble: para el socio normal, la pena es preceptiva indeterminada. Para su promotor o director, la pena es preceptiva determinada: entredicho).
14. LA IGLESIA POST-CONCILIAR Y LAS CONDENAS ACTUALES A LA MASONERÍA
En el decenio de los años de 1960-1970, presenta una fase de predisposición al diálogo que animó a la Iglesia. Los Obispos alemanes realizaron un estudio previo y después un diálogo con la Libre Masonería alemana, con la finalidad de revisar la identidad católica frente a la masonería, dentro de las perspectivas conciliares.
El 12 de mayo de 1980 la Conferencia Episcopal Alemana publicó una Declaración, dando cuenta de los resultados de este encuentro con la Libre Masonería alemana.
A continuación ofrecemos algunas conclusiones de dicho Documento:
- Se ha procedido por parte de la Comisión a un examen exhaustivo de la Libre Masonería en sus 3 primeros grados.
- Se observa que la posición de la Libre Masonería es inmutable.
- Los motivos de la incompatibilidad entre Iglesia Católica y Masonería es la visión que los afiliados a la Libre Masonería tienen del mundo.
- Otro motivo es el concepto de la "Verdad" que tiene la Libre Masonería.
- El concepto que tiene la Libre Masonería de la Religión.
- El concepto de Dios de los afiliados a la Libre Masonería.
- El concepto de Revelación de la Iglesia Católica y el que tiene la Libre Masonería.
- La idea de tolerancia que tiene la Libre Masonería.
- Las acciones rituales de los afiliados a la Libre Masonería.
- La idea que tiene acerca del perfeccionamiento del hombre.
- La espiritualidad de los masones.
- Se detectan diversas corrientes en el interior de la Libre Masonería.
Conclusión: Iglesia católica y libre masonería:
"Por más que sea importante la distinción entre la Libre Masonería bien dispuesta, o neutral, u hostil hacia la Iglesia, en este contexto resulta todavía equívoca, porque induce a pensar que para los católicos sólo se debe excluir la participación en el caso de hostilidad hacia la Iglesia. Pero el examen se ha ampliado precisamente hasta la Libre Masonería, que se encuentra bien dispuesta respecto a la Iglesia católica; y también aquí se ha debido constatar dificultades insuperables".
Declaración final:
"Aunque la Libre Masonería, como consecuencia de la persecución sufrida durante la época nacionalsocialista, ha experimentado una transformación en el sentido de una mayor apertura hacia los otros grupos sociales, sin embargo, en su mentalidad, en sus convicciones fundamentales y en su "labor en el templo", ha continuado plenamente igual a sí misma.
Las dificultades indicadas afectan a los fundamentos de la existencia cristiana. Los exámenes en profundidad de los rituales y del mundo espiritual masónico demuestran claramente que la pertenencia simultánea a la Iglesia Católica y a la Libre Masonería, queda excluida".
7.- Séptima condena:
La Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe, el 17 de febrero de 1981, emitió una Declaración a propósito de la consulta que hicieron algunas Conferencias Episcopales:
Declaración : "Con fecha 1 de julio de 1974 esta Congregación escribía a algunas Conferencias Episcopales una carta reservada sobre la interpretación del canon 2335, del Código de Derecho Canónico, que prohíbe a los católicos, bajo pena de excomunión, inscribirse en asociaciones masónicas y otras semejantes.
Puesto que dicha Carta, al hacerse de dominio público, ha dado lugar a interpretaciones erróneas y tendenciosas, esta Congregación, sin querer prejuzgar las eventuales disposiciones del nuevo código, confirma y precisa lo siguiente:
1.- No ha sido modificada la actual disciplina canónica que permanece en todo su vigor.
2.- Por lo tanto, no ha sido abrogada la excomunión ni las otras penas previstas
3.- Lo que en dicha Carta se refiere a la interpretación que se ha de dar al Canon en cuestión debe ser entendido, según la intención de la Congregación, sólo como una llamada a los principios generales de la interpretación de las leyes penales para la solución de los casos de cada una de las personas que puedan estar sometidas al juicio de los Ordinarios. En cambio, no era intención de la Congregación confiar a las Conferencias Episcopales que se pronunciaran públicamente con un juicio de carácter general sobre la naturaleza de las asociaciones masónicas que implique derogaciones de dichas normas".
Roma, Sede de la Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe, 17 de febrero de 1981.
8.- Octava condena:
Después de la promulgación del Nuevo Derecho Canónico y ante las nuevas noticias periodísticas de que la "Masonería ya no está condenada por la Iglesia", la Sagrada Congregación de le Fe tuvo que salir al paso el 23 de noviembre de 1983 con la siguiente Declaración sobre la masonería:
"Se ha presentado la pregunta si ha cambiado el juicio de la Iglesia respecto a la masonería, ya que en el Nuevo Derecho Canónico no está mencionada expresamente como lo estaba en el Código anterior.
Esta Sagrada Congregación puede responder que dicha circunstancia es debida a un criterio de redacción seguido también en el caso de otras asociaciones que tampoco han sido mencionadas por estar comprendidas en categorías más amplias.
Por tanto, no ha cambiado el juicio negativo de la Iglesia respecto de las asociaciones masónicas, porque sus principios siempre han sido considerados inconciliables con la doctrina de la Iglesia; en consecuencia, la afiliación de las mismas sigue prohibida por la Iglesia. Los fieles que pertenezcan a asociaciones masónicas se hallan en estado de pecado grave y no pueden acercarse a la santa comunión.
No entra en la competencia de las autoridades eclesiásticas locales pronunciarse sobre la naturaleza de las asociaciones masónicas con un juicio que implique derogación de cuanto se ha establecido más arriba, según el sentido de la Declaración de esta Sagrada Congregación del 17 de febrero de 1981.
El Sumo Pontífice en la audiencia concedida al Cardenal Prefecto abajo firmante, ha aprobado esta Declaración, decidida en la reunión ordinaria de esta Sagrada Congregación, y ha mandado que se publique".
Roma, en la sede de la Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe, 26 de noviembre de 1983. Cardenal Joseph Ratzinger. Prefecto.
15. LA MASONERÍA Y LA IGLESIA CATÓLICA EN EL PERÚ
El enfrentamiento más reciente que ha habido entre la Iglesia Católica y la Masonería en el Perú acaeció el 27 de diciembre de 1983. Todo ocurrió con la noticia que traía el periódico "El Comercio" con la siguiente nota: "Responso en templo masónico".
"Un sacerdote católico asistió, por primera vez en el país, al templo del Supremo Consejo Grado 33 de la Masonería Filosófica del Perú para realizar un responso. La visita considerada histórica se realizó durante las exequias de quien fuera por dos períodos "Soberano Gran Comendador", el más alto grado de esta organización, Sr. César Ruiz Reátegui. El Reverendo P. Aureliano Diez, vicario cooperador de la Parroquia de San Antonio María Claret, de la Victoria, resaltó las cualidades del extinto, de quien dijo "fue un gran católico y miembro de la cuadrilla del Señor de los Milagros".
Expresó que desde noviembre último ha entrado en vigor el Nuevo Derecho Canónico, modificado por canonistas de todo el mundo, entre ellos nuestro Arzobispo Juan Landázuri Ricketts. En este documento se explica que no incurren en excomunión los miembros de la masonería y el rotarismo. "El sacerdote puede acercase a ellos y ellos al sacerdote". Definió a la masonería como una sociedad benéfica y manifestó en un pasaje del responso, su gran amistad y respeto por el Sr. César Ruiz Reátegui".
Al día siguiente, miércoles 28 de diciembre de 1983, sólo en dicho diario "El Comercio", el Arzobispado de la Iglesia Católica de Lima publicó el siguiente comunicado:
"Arzobispado de Lima: Comunicado"
"De Orden Superior y con respecto a una información publicada esta mañana, de que se ha celebrado un rito católico en un local masónico, noticia que puede inducir a confusión en el criterio de los fieles, se puntualiza lo siguiente:
La Congregación para la Doctrina de la Fe, organismo máximo que tutela las materias de Fe y costumbres en la Iglesia, se ha pronunciado recientemente sobre la Masonería en los siguientes términos:
"Se ha presentado la pregunta si ha cambiado el juicio de la Iglesia respecto a la Masonería, ya que en el Nuevo Derecho Canónico no está mencionada expresamente, como lo estaba en el Código anterior. Esta Sagrada Congregación puede responder que dicha circunstancia es debida a un criterio de redacción seguido también en el caso de otras asociaciones que tampoco han sido mencionadas por estar comprendidas en categorías más amplias.
Por tanto, no ha cambiado el juicio negativo de la Iglesia respecto de las asociaciones masónicas, porque sus principios siempre han sido considerados inconciliables con la doctrina de la Iglesia; en consecuencia, la afiliación a las mismas sigue prohibida por la Iglesia. Los fieles que pertenezcan a asociaciones masónicas se hallan en estado de pecado grave y no pueden acercarse a la santa Comunión.
No entra en la competencia de las autoridades eclesiásticas locales pronunciarse sobre la naturaleza de las asociaciones masónicas con un juicio que implique derogación de cuanto se ha establecido más arriba, según el sentido de la Declaración de esta Sagrada Congregación del 17 de febrero de 1981.
El Sumo Pontífice Juan Pablo II, en la audiencia concedida al Cardenal Prefecto abajo firmante, ha aprobado esta Declaración decidida en la reunión ordinaria de esta Sagrada Congregación, y ha mandado que se publique".
Roma, en la sede de la Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe, 26 de noviembre de 1983. Firmado: Cardenal Joseph Ratzinger. Prefecto. Jean Jérome Hamer. Secretario
El día 30 de diciembre de 1983, la Gran Logia del Perú, emitió otra Declaración confrontando el Comunicado del Arzobispado de Lima. Este pronunciamiento masónico se publicó en el diario "El Comercio" de Lima, y dice:
"Declaración: La Gran Logia del Perú, máxima entidad que alberga en su seno a 144 Logias esparcidas en lo largo y ancho de nuestro país, miembro activo de la Confederación Masónica Interamericana (CMI) que agrupa a todas las Grandes Logias Masónicas del Continente, ante la publicación del Arzobispado de Lima, firmada por el Prefecto Jean Jerome Hamer Hamer, Arz. Tit. de Lorium Secretario (sic), en "El Comercio", página A-3 del 28 de diciembre de 1983, luego de observar con pena y no con poca sorpresa el mencionado Comunicado, DECLARA: que se pretende anatematizar una vez más a la Masonería, por quienes precisamente no conocen nada de ella y se apoyan en épocas superadas al haberse comprobado que todas las acusaciones contra la Francmasonería no eran ni son ciertas, razón por la cual el Nuevo Derecho Canónico ya ni las mencionan. Es más, desde que el Nuncio de París, Roncalli, es sus recuerdos de sus charlas con la resistencia francesa, donde contactó con masones, señaló: "que había llegado el momento de un esfuerzo de mutuo amor al prójimo en brazos de un ecumenismo diáfanamente católico", que lo concreta con su papado inolvidable como Juan el Bueno, Juan XXIII en sus encíclicas "Mater et Magistra" (1961), y "Pacem in Terris" (1963); su aproximación protestantes y ortodoxos, su Concilio Vaticano II, ecuménico por excelencia, contrastan con el el tenor del Comunicado.
La Masonería es una entidad que precisamente no es ni ha sido jamás una religión, exige la creencia de un Ser Supremo y sólo cierra las puertas al ateísmo a ultranza, exige a los Francmasones el cumplimiento de todas las virtudes morales y sociales y en ella se reúnen y trabajan hombro a hombro católicos, protestantes, ortodoxos anglicanos, israelíes, musulmanes y miembros de cualquier otra religión. Prohíbe toda discusión de religión entre sus miembros y respeta todas las creencias.
En el Perú la mayoría de los masones son católicos así como lo es la mayoría de los peruanos. Nosotros los Hermanos masones del Perú invitamos a la dignidad católica que quisiera o deseare, a visitar nuestros locales a conversar privada o públicamente con nosotros. (Sigue un párrafo en el que se enumera largamente nombres y apellidos de masones insignes).
La Francmasonería Simbólica Peruana deplora que en una época postrera del Siglo XX, cuando necesitamos más amor, más unión y respeto se desempolven odios que a nada conducen. Y recuerda que el Gran Maestro de Masonería del Perú, Luis Heysen Incháustegui fue recibido en Audiencia Especial por Paulo VI.
La Gran Logia del Perú, sin ánimo de polemizar invita a los señores firmantes del mencionado Comunicado y a quien desee visitar nuestros locales de cualquier ciudad del país, donde van a ser atendidos y donde se les llamará también como Juan Pablo II, Hermanos.
La Gran Logia del Perú termina esta declaración con las siguientes palabras que las hace suyas: HEMOS HABLADO COMO HOMBRES, COMO HERMANOS, PORQUE TODOS LOS HECHOS DE LA VIDA DEBEN CONFIRMAR ESA HERMANDAD QUE NOS VIENE DE NUESTRA COMUN CALIDAD DE HIJOS DE DIOS PADRE, QUE NOS HA REVELADO JESUCRISTO. "CRISTO LLEGO ANTES QUE NADA PARA LIBERAR AL HOMBRE DE LA CARCEL MORAL EN LA CUAL LO HAN ENCERRADO SUS PASIONES". (Palabras de Juan Pablo II, luego de una entrevista con Mehmet Alí Agca, el 27 de diciembre de 1983 en la cárcel de Ribibbia de Roma). El Comercio Página A-1, del 28 de diciembre de 1983".
Lima, 29 de Diciembre de 1983.
Firmado: Vicente Carrasco Reyes. Gran Maestro de Masones del Perú
16. CONCLUSIÓN
Después de esta larga exposición acerca de la masonería, es obvio que aún quedan muchas cosas por decir. La primera es que la masonería es muy amplia, variada y ambigua, es decir, es muy difícil de describir en un solo término todo lo que esta sociedad secreta tan antigua y variada contiene.
Una primera aclaración, al hablar de la masonería en general, todo lo que se dice de ella en términos generales lo pierde en la especificidad de cada rama de la masonería. Por ejemplo, Hay una Gran Logia de Inglaterra, como hemos descrito. Existe la Gran Logia de Escocia, independiente de la anterior; está la Libre Masonería alemana, independiente de las otras dos, existe la Gran Logia de Oriente de Francia, independiente de las otras tres. Y así sucesivamente; cada una de estas Grandes Logias se rige en común de bastantes reglamentos, signos, organización, doctrina, filosofía, etc. Pero también tienen su diversidad de ritos y grados y así lo que se afirma de una Gran Logia, la otra Gran Logia independiente lo puede negar, por eso, al hablar de la masonería es muy fácil generalizar aspectos genéricos y es muy difícil particularizar cosas concretas, pues hay que informarse muy bien, cuando se trata con masones, de qué tipo de masón es (grado), a qué Logia pertenece y de que Gran Logia depende.
El argumento que se maneja acerca de la bondad y veracidad de la masonería está en lo siguiente: ¿Por qué tanto secreto acerca de todos los pormenores de su organización, iniciación en los diferentes grados, etc.? ¿Por qué tanto juramento, bajo secreto, y con tanta penalización en caso de infidencia? ¿Con qué autoridad ejercen esos juramentos secretos? ¿Por qué un poder legislativo oculto? ¿Por qué un poder ejecutivo con tanto poder y sin ser controlado por nadie? ¿Por qué tiene tanta fuerza sus leyes penales que pueden llevar incluso a dictar sentencia de muerte? ¿Quién les otorga ese poder, quién controla ese poder?
La masonería en sus planteamientos filosóficos y doctrinales origina el relativismo y el naturalismo. El concepto masónico de "verdad" niega rotundamente la posibilidad de un conocimiento sobrenatural de la "verdad". El concepto masónico de religión es ambiguo y relativo. Todas las religiones serían, más o menos, ensayos o intentos de expresar la verdad sobre Dios. El concepto masónico de Dios con las palabras el Gran Arquitecto de Universo es deísta, es decir, un Dios que no es persona, no es alguien, sino algo. Los masones no creen en la revelación sobrenatural que Dios Padre ha revelado en su Hijo Jesucristo. El concepto masónico de tolerancia no se relaciona solamente con las personas sino también con las ideas, aunque sean contradictorias. El concepto masónico acerca de la perfección que el hombre debe de buscar y realizar en esta vida, se debe más al esfuerzo personal y único del hombre y no cuenta ni necesita la gracia santificante de Jesucristo. La espiritualidad de los masones exige a sus adeptos una total y exclusiva pertenencia a la masonería, para ello se requiere dedicación plena, tiempo y entrega total, y por lo tanto no deja ni tiempo ni dedicación para las exigencias del cumplimiento de las exigencias de la Iglesia Católica.
El secreto que guardan en los pasos principales de su filosofía iniciática, se vislumbra que la verdad y bondad de la masonería no es tan clara. Lo que es verdadero y bueno, de por sí, se muestra y se comunica a la luz, no requiere ocultamientos, ni secretos, y menos guardarlo bajo juramento secreto, la verdad y bondad de las personas, de las instituciones y de las cosas deben de estar manifiestos a los ojos de toda persona.
El aspecto que más nos interesa en esta exposición es dejar en claro cuál es la postura de la Iglesia con la masonería en general. A saber: que no se puede ser católico y masón a la vez, la declaración de la Sagrada Congregación de la Fe del 26 de noviembre de 1983, lo dice bien claro. Lo corrobora el hecho que hemos expuesto del sacerdote, se supone que de buena fe pero sin la debida información, que celebra un responso en la Logia de Lima y la declaración del Arzobispado de Lima del 28 de diciembre de 1983. Repetimos un párrafo para recordar:
"Por tanto, no ha cambiado el juicio negativo de la Iglesia respecto a las asociaciones masónicas, porque sus principios siempre han sido considerados inconciliables con la doctrina de la Iglesia; en consecuencia, la afiliación a las mismas sigue prohibida por la Iglesia. Los fieles que pertenezcan a asociaciones masónicas se hallan en estado de pecado grave y no pueden acercarse a la santa Comunión".
Con esta Declaración, especialmente los sacerdotes, deben de orientar a los fieles y que nadie, debidamente informado, puede alegar que se puede ser católico y masón a la vez, y seguir con su fe católica como si nada hubiese pasado. La Iglesia cumple con su misión de enseñar, orientar, guiar, aconsejar con la verdad del Evangelio la vida de los fieles que son católicos. La Iglesia, más bien, tiene obligación de advertir de los peligros en que puede incurrir un católico de buena fe que cree que es posible ser católico y masón a la vez 71.
70 Cfr: "La Masonería", del Instituto y Promoción Social, IDPS. Arzobispado de Lima. 1984. Documento a propósito de la pública confrontación habida entre el Arzobispado de Lima y la Gran Logia del Perú en Diciembre de 1983.
71 De la Masonería en general podemos decir:
- La Masonería existe
- Es Internacional
- Usa fórmulas esotéricas y secretas, bajo juramento
- Es una asociación con disciplina jerárquica y con poder sobre sus afiliados
- Es un poder organizado como un Estado, que, a su vez, actúa como elemento extraño al Estado
- Para pertenecer a la masonería hay que ser iniciado con ritos esotéricos y secretos
- Dicen que se admite todo tipo de creencias religiosas, en verdad, sólo creen en sus doctrinas y filosofías
- No todos los masones conocen la forma y el texto de las órdenes o sugerencias que reciben
- La masonería varía en conductas y normas, según situaciones y circunstancias
- La masonería oculta a sus adeptos su estructura verdadera, fines y acción
- Su ideología, filosofía es racionalista, naturalista y liberal, no cree en la Revelación sobrenatural, lo cual es contrario al catolicismo
- Su poder supremo es el Gran Maestre y ¿a él quién lo controla, o qué ley le controla?
- La masonería, en general, promueve el racionalismo, el liberalismo de las ideas, el laicismo, la no enseñanza de religión en las escuelas públicas
- Las órdenes que se imparten en la masonería no son generales y públicas para todos los masones sino que se transmiten secretamente por grados.
- Proceden con astucia engañando con sus procedimientos a los propios masones de grados inferiores, llevándoles a los masones a actuar en forma que ni sospecharon a la hora de ingresar.
- En caso de conflicto los Supremos Poderes se lavan las manos de tal manera que en caso de reacción de algunos masones, el equívoco se atribuye a una determinada Logia, no al Supremo Poder.
- Cfr: Tomado del Libro: "La Masonería según sus propios documentos". Fr. E. de Guadalupe O.P.D-G- Buenos Aires, 1980.
De este mismo libro sacamos las siguientes preguntas:
- ¿Existe realmente la masonería? ¿Se trata de agrupaciones libres que se desenvuelven en algunos países o es una asociación Internacional?
- ¿Es realmente asociación secreta o solamente se trata de grupos que no tienen mayor importancia?
- ¿Es realmente una sociedad de ayuda mutua fraterna y espiritual o tiene otros fines no aclarados?
- ¿Es la masonería una organización atea, anticristiana, liberal, racionalista, o indiferente?
- ¿Por qué no hace pública su organización, legislación poder ejecutivo, fines, etc.?
- El autor, Fr. E. de Guadalupe, dice: "Esta obra lo que pretende es revelar una serie de documentos y a extraer de ellos las más evidentes e irrebatibles comprobaciones. Uno se pregunta ¿Cómo así? ¿Acaso los masones no saben de qué se trata la entidad a la que pertenecen? "Aunque parezca absurdo y paradójico, así es. El cincuenta por ciento (50%) de los masones desconoce a plenitud la masonería. Insistimos en que el lector se forme su propio juicio".
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Para leer la 3° Parte:
Para leer la 4º Parte:
Sociedades Secretas: Masones - 4º Parte, El individuo Masón y las Logias
Para leer la 5º Parte:
Sociedades Secretas: Masones - 5ª Parte, Logias y Poderes Masónicos
Para leer la 6º Parte:
Sociedades Secretas: Masones - 6º Parte, Síntesis doctrinal de la masonería
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Informacion muy importante para mi que agradezco infinitamente a los sacerdotes y sus colaboradores, ya que aclara mucho mi entendimiento sobre estas sociedades secretas. La paz sea con Uds. y Dios los bendiga
ResponderEliminarDe la mano de los Jesuitas entre a la Iglesia ( me formé con ellos) y de la mano de los Jesuitas salí de ella (I. Ellacuría, J. Sobrino, M. Plaza et al.).
ResponderEliminarFuí católico con vida sacramental muchísimos años, pero ya no quiero saber nada de la Iglesia de KW o de K. Ratzinger.
Me apena que los Jesuitas hayan perdido la linea de liberación (que buena falta le hacía a Latinoamérica), que tomaron en los 70s del siglo pasado para refugiarse bajo la capa de armiño del Papa actual.
Revisen las filiación masónica del H:. Roncalli.
Un saludo respetuoso desde México
Fernando Arnaiz
farnaiz.h@gamil.com